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Hacia un esquema más eficiente de protección del patrimonio inmueble

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¿En que estamos a nivel de política de conservación de bienes inmuebles patrimoniales en Bogotá?

En principio Bogotá tiene 6.394 BICs distritales, y 128* BICs Nacionales.

Sin embargo, según cálculos de Probogotá a partir de la información disponible del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), en Bogotá habría 7.069 BIC distritales.

El Sistema Nacional de Información Cultural (SINIC) solo reporta información de 83 bienes de interés cultural en Colombia, cuando tan solo en Bogotá hay 136 BIC.

8 propuestas de Probogotá para un esquema más eficiente de protección del patrimonio inmueble

  1. Actualizar y consolidar un único inventario de bienes con ocasión del nuevo POT.
  2. Establecer un régimen de protección progresivo, y no acumulativo para los bienes de interés cultural: Los 128 Monumentos Nacionales en Bogotá podrían dejar de ser competencia del Distrito. De esta manera cada quién sabe por qué inmuebles responde.
  3. Instituto de Patrimonio Distrital no debería conferirle a MinCultura competencia sobre 996 hectáreas de ciudad. PEMP de nivel nación debería restringirse a las 149 hectáreas que el Ministerio exige. Si el Distrito quiere ampliar el perímetro del PEMP, debería hacerlo a través de un PEMP de nivel Distrital.
  4. Establecer desde el nivel nacional, normas y lineamientos generales, por tipos de inmuebles, para el manejo y preservación de los BICS, por tipologías arquitectónicas, o por épocas y estilos, o ambos criterios.
  5. Simplificar la estructura institucional distrital para el manejo de los BIC; la autoridad competente en el Distrito debe ser el IDPC.
  6. Para poner en valor un BIC, garantizar no solo la conservación del inmueble sino de todo el entorno en el cual se inscribe a través de una norma específica del POT: sugerimos adoptar como noción de entorno un radio de 100 metros a partir del centroide del bien, perímetro dentro del cual cualquier intervención arquitectónica o urbanística debe ser sometida aprobación de la autoridad competente, estableciendo algunas reglas claras de antemano.
  7. Responsabilizar más efectivamente a los propietarios de los BIC y reforzar la capacidad de acción de las autoridades sobre los bienes: Las autoridades competentes deberían poder ordenar intervenciones con cargo fiscal al propietario, y expropiar BICS. Para poderlo financiar, puede constituir un fideicomiso con el concurso del sector privado para mantenimiento y preservación de los BIC.
  8. Condicionar la aplicación de estímulos fiscales a la apertura de los BIC al público, o por lo menos a la garantía de visibilidad de los mismos desde el espacio público, restringiendo además la posibilidad de disponer vallas o avisos publicitarios en sus fachadas. Es necesario establecer normas sobre los cerramientos de los bienes de interés cultural en el POT, cuyo cumplimiento condicione la disponibilidad de los estímulos.

¿En que estamos a nivel de política de conservación de bienes inmuebles patrimoniales en Bogotá?

En principio Bogotá tiene 6.394 BICs distritales, y 128* BICs Nacionales.

Sin embargo, según cálculos de Probogotá a partir de la información disponible del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), en Bogotá habría 7.069 BIC distritales.

El Sistema Nacional de Información Cultural (SINIC) solo reporta información de 83 bienes de interés cultural en Colombia, cuando tan solo en Bogotá hay 136 BIC.

8 propuestas de Probogotá para un esquema más eficiente de protección del patrimonio inmueble

  1. Actualizar y consolidar un único inventario de bienes con ocasión del nuevo POT.
  2. Establecer un régimen de protección progresivo, y no acumulativo para los bienes de interés cultural: Los 128 Monumentos Nacionales en Bogotá podrían dejar de ser competencia del Distrito. De esta manera cada quién sabe por qué inmuebles responde.
  3. Instituto de Patrimonio Distrital no debería conferirle a MinCultura competencia sobre 996 hectáreas de ciudad. PEMP de nivel nación debería restringirse a las 149 hectáreas que el Ministerio exige. Si el Distrito quiere ampliar el perímetro del PEMP, debería hacerlo a través de un PEMP de nivel Distrital.
  4. Establecer desde el nivel nacional, normas y lineamientos generales, por tipos de inmuebles, para el manejo y preservación de los BICS, por tipologías arquitectónicas, o por épocas y estilos, o ambos criterios.
  5. Simplificar la estructura institucional distrital para el manejo de los BIC; la autoridad competente en el Distrito debe ser el IDPC.
  6. Para poner en valor un BIC, garantizar no solo la conservación del inmueble sino de todo el entorno en el cual se inscribe a través de una norma específica del POT: sugerimos adoptar como noción de entorno un radio de 100 metros a partir del centroide del bien, perímetro dentro del cual cualquier intervención arquitectónica o urbanística debe ser sometida aprobación de la autoridad competente, estableciendo algunas reglas claras de antemano.
  7. Responsabilizar más efectivamente a los propietarios de los BIC y reforzar la capacidad de acción de las autoridades sobre los bienes: Las autoridades competentes deberían poder ordenar intervenciones con cargo fiscal al propietario, y expropiar BICS. Para poderlo financiar, puede constituir un fideicomiso con el concurso del sector privado para mantenimiento y preservación de los BIC.
  8. Condicionar la aplicación de estímulos fiscales a la apertura de los BIC al público, o por lo menos a la garantía de visibilidad de los mismos desde el espacio público, restringiendo además la posibilidad de disponer vallas o avisos publicitarios en sus fachadas. Es necesario establecer normas sobre los cerramientos de los bienes de interés cultural en el POT, cuyo cumplimiento condicione la disponibilidad de los estímulos.

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